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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

Reclama atención médica al sufrir daños en la vejiga tras una cesárea

La afectada ha denunciado al Clínico por falta de información sobre los problemas de su parto y la pérdida permanente de orina

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220 plazas del Sacyl en Zamora están a la espera de una resolución judicial

Cerca de 220 plazas de funcionarios y personal estatutario del Sacyl (Sanidad de Castilla y León) en Zamora están pendientes de una resolución judicial para que los puestos puedan ser cubiertos de manera definitiva. En algunos casos la situación de espera al pronunciamiento judicial se prolonga desde hace más de tres años, lo que ha llevado al sindicato UGT a dar la voz de alarma y programar una movilización para reclamar a la Administración de Justicia mayor agilidad en la resolución.

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Que es la Justicia Gratuita

A) Según el artículo 119 de la Constitución (reproducido en el 20.1 LOPJ), «la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar». Constituye, pues, un principio constitucional, estrechamente vinculado con el principio de igualdad y el derecho a la tutela efectiva, el que la escasez de medios económicos no puede impedir el acceso a la justicia. Por eso, el artículo 20.2 LOPJ dispone que «se regulará por ley un sistema de justicia gratuita que dé efectividad al derecho declarado en los artículos 24 y 119 de la Constitución, en los casos de insuficiencia de recursos para litigar». Esta Ley es la 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, que, según dispone en su artículo 1, será de aplicación general en todo tipo de procesos judiciales, incluidos los recursos de amparo constitucional, así como al asesoramiento previo al proceso.

 

El beneficio de justicia gratuita puede basarse en una concesión de los tribunales (regla general) o en una disposición legal (excepción). Del artículo 2 de la Ley, en efecto, se deduce que la justicia se administrará gratuitamente a las personas físicas -y a las jurídicas que el precepto menciona [art. 2 c)]- que acrediten insuficiencia de recursos para litigar y a aquellas otras personas jurídicas, a quienes por disposición legal se concede ese beneficio [según el art. 2 b) sólo las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social].

 

B) Los presupuestos para la concesión judicial del beneficio de justicia gratuita son los siguientes:

a) Que el solicitante no alcance los ingresos económicos señalados por la ley. Se reconocerá judicialmente el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas cuyos recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superen el doble del salario mínimo interprofesional vigente en el momento de efectuar la solicitud (art. 3). Para el caso de personas jurídicas, se entenderá que hay insuficiencia de recursos para litigar cuando su base imponible en el Impuesto de Sociedades fuese inferior a la cantidad equivalente al triple del salario mínimo interprofesional en cómputo anual (art. 3.6). La Ley toma en consideración, a efectos de comprobar la insuficiencia de recursos para litigar, no sólo las circunstancias que declare el solicitante, sino también los signos externos que manifiesten su real capacidad económica (art. 4).

Excepcionalmente, atendidas las cargas familiares, estado de salud y otras circunstancias del solicitante, el juez podrá conceder el beneficio a quienes posean ingresos que superen el doble del salario mínimo y no alcancen el cuádruplo (art. 5); en tales casos, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita correspondiente determinará expresamente qué beneficios y en qué proporción son de aplicación al solicitante.

b) Que se solicite para litigar por derechos propios (art. 3.4).

c) Con carácter general, también que la pretensión para cuyo ejercicio en juicio se solicita el beneficio sea sostenible o, si se prefiere, que no sea indefendible (art. 15.II).

 

C) El procedimiento para el reconocimiento del derecho a asistencia jurídica gratuita es relativamente sencillo:

a) El reconocimiento del derecho se instará ante el Colegio de Abogados del lugar en que se halle el Juzgado o Tribunal que haya de conocer del proceso principal para el que se solicita, o ante el juzgado del domicilio del solicitante, que dará traslado de la petición al Colegio de Abogados territorialmente competente (art. 12). Con la solicitud se acreditarán los datos que permitan apreciar la situación económica del interesado y de los integrantes de su unidad familiar, sus circunstancias personales y familiares, la pretensión que se quiere hacer valer y la parte o partes contrarias en el litigio (art. 13).

 

b) El Colegio de Abogados, una vez subsanados en su caso los defectos de la solicitud y si considera acreditado que el peticionario se encuentra incluido en el ámbito de aplicación de la Ley, procederá a la designación provisional de abogado, comunicándolo al Colegio de Procuradores a fin de que, en caso de ser preceptivo, proceda a la designación de procurador. Del expediente correspondiente y las designaciones provisionales se dará traslado a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita a los efectos de su verificación y resolución.

 

En el caso de que el Colegio estimara que el peticionario no cumple las condiciones o que la pretensión principal contenida en la solicitud es manifiestamente insostenible o carente de fundamento, trasladará la solicitud a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita que crea la Ley (art. 14, en relación con los arts. 9 a 11).

 

c) La solicitud de reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita no suspenderá el curso del proceso (art. 16.1), aunque la suspensión puede decretarse pr el Juez si entiede que el transcurso de los plazos puede provocar la preclusión de un trámite o la indefensión de cualquiera de las partes (art. 16.2 y 3).

 

d) La resolución corresponde a la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita, previa la realización de las comprobaciones que estime necesarias (art. 17), y se notificará al solicitante, a los Colegios de Abogados y Pprocuradores y a las partes interesadas y se comunicará al órgano judicial que esté conociendo del proceso. Prevé la ley la posibilidad de impugnar dicha resolución (art. 20).

 

D) El derecho a la asistencia jurídica gratuita, en el proceso civil, da derecho a disfrutar de los siguientes beneficios (art. 6):

a) Asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso, cuando tenga por objeto evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretensión.

b) Defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando su intervención sea preceptiva o, cuando no siéndolo, sea expresamete requerida por el Juzgado o Tribunal.

c) Inserción gratuita en los periódicos oficiales de los anuncios y edictos que deban publicarse en periódicos oficiales.

d) Exención de hacer los depósitos que sean necesarios para la interposición de cualesquiera recursos.

e) Asistencia pericial gratuita en el proceso a cargo del personal técnico adscrito a los órganos jurisdiccionales o, en su defecto a cargo de funcionarios, organismos o servicios técnicos depedientes de las Administraciones Públicas. Sólo excepcionalmente podrá recurrirse a peritos privados.

f) Obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales.

g) Reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por el otorgamiento de escrituras públicas y por la obtención de copias y testimonios notariales, o de notas, certificaciones, anotaciones, asientos o inscripciones de cualesquiera Registros públicos, cuando tengan relación directa con el proceso y sean requeridos por el órgano judicial en el curso del mismo o sirvan para la fundamentación de la pretensión del beneficiario de la justicia gratuita. Aunque estos derechos no se percibirán cuando el interesado acredite ingresos por debajo del salario mínimo interprofesional.

 

El derecho a litigar gratuitamente en un proceso se extiende a todos los incidentes y recursos, pero no podrá utilizarse en otro proceso distinto (art. 7).

 

Fuente: icava.org/turnooficio

El Gobierno aprueba el proyecto de ley de reforma del Código Penal

 

  

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley 10/1995 del Código Penal.

NUEVOS DELITOS

Captación de menores para espectáculos pornográficos
El cliente de prostitución con menores o personas que no pueden decidir por si mismas
Terrorismo: captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación
Piratería
Cohecho entre particulares
Acoso laboral
Acoso inmobiliario
Sobornos y fraudes en el deporte
Ataques informáticos
Tráfico ilegal de órganos

 

 

NUEVAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO

Penas:
Privación de la patria potestad
Localización permanente

Medidas de seguridad:
Libertad vigilada.

Otras:
Decomiso ampliado.
Ampliación de los trabajos en beneficio de la sociedad.

 

 

NUEVAS REGULACIONES

Responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Prescripción: no prescribirán los delitos de terrorismo con muerte. Otros tipos delitos tampoco prescribirán antes de cinco años.
Extranjería: el juez podrá optar entre la cárcel o la expulsión para penas de menos de seis años.
Periodo de seguridad: los delincuentes sexuales contra menores tendrán el tratamiento de terroristas.
La trata de seres humanos se regula independientemente de la inmigración clandestina.
Endurecimiento de las penas mediante tratamiento específico de los delitos sexuales contra menores de 13 años.
Organizaciones criminales: se incorporan los grupos crirminales de carácter transitorio.
Abono de prisión provisional: nadie se verá favorecido por cumplir al mismo tiempo una pena y una prisión preventiva.

 

 

MODIFICACIONES

Propiedad intelectual: los pequeños manteros podrán no ir a la cárcel.
Especial endurecimiento de las penas en los delitos por corrupción, cohecho, delito fiscal, urbanístico y contra el medio ambiente.
La Agencia Tributaria auxiliará a los jueces para el cobro de multas e indemnizaciones por delitos contra la hacienda pública y la Seguridad Social.
Tráfico de drogas: más facultades a los jueces para individualizar la pena.
Se completan los delitos contra la comunidad internacional, incorporando el reclutamiento de niños soldados, delitos sexuales en conflictos armados y especial protección de mujeres y niños.

13/11/2009 El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica por el que se modifica la Ley 10/1995 del Código Penal.

El ministerio afirma que "la reforma representa una respuesta penal ante nuevas formas de criminalidad, como las derivadas de las nuevas tecnologías o el acoso laboral, y ante la demanda social de un tratamiento individualizado para los delincuentes responsables de delitos sexuales y terrorismo, así como una mayor protección de los menores frente a los delitos sexuales".

Según un comunicado del Ministerio de Justicia, esta reforma "da cumplimiento a las obligaciones internacionales que España tiene contraídas, y más específicamente en el ámbito de la armonización jurídica europea, que exigen adaptaciones de nuestras normas penales. Es el caso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, la trata de seres humanos, la corrupción entre particulares, los delitos informáticos, los delitos relativos al mercado y los consumidores, el decomiso de los productos, instrumentos y bienes relacionados con el delito, los delitos de terrorismo, el cohecho, la corrupción de funcionarios públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, los delitos contra la comunidad internacional, los delitos contra el medio ambiente y los delitos de tráfico de drogas".

 

 

Delitos sexuales a menores de 13 años

Endurecimiento de la respuesta penal para los delitos sexuales, especialmente cuando las víctimas son menores.
○ Nuevo capítulo denominado "De los abusos y agresiones sexuales a los menores", donde se aumentan las penas para estos casos, llegando a los quince años de prisión.
○ Se prevé como delito la "captación" de niños para participar en espectáculos pornográficos y la responsabilidad de quien se lucra. Se castiga también al cliente de la prostitución cuando la relación sexual es con menores.
○ Los jueces de la jurisdicción penal podrán privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor.

 

 

Más y nuevas penas contra la corrupción
SE REGULA EL COHECHO ENTRE PARTICULARES

○ Se tipifica de forma más exhaustiva el delito de cohecho, incorporando varios instrumentos internacionales.
○ Reformas en el ámbito urbanístico:
▪ Acciones como la ocultación de actos ilícitos observados por la inspección o la omisión de inspecciones obligatorias pasan a tener en sí mismo carácter delictivo.
▪ Se agravan las penas en correspondencia con la gravedad de este tipo de conductas.
○ Lucha contra la corrupción en el sector privado:
▪ Represión de los actos encaminados a corromper a los administradores de empresas de forma similar a lo que se hace a través del delito de cohecho.
○ Reforzamiento de las medidas para el seguimiento, embargo, incautación y decomiso de los productos del delito en el marco de una organización criminal.

Además, se produce un incremento de la penalidad y de las multas.

○ Se produce un aumento de los plazos de prescripción de los delitos, para evitar la impunidad.
○ Se tipifican penalmente las conductas más graves de corrupción en el deporte, como los sobornos llevados a cabo tanto por los miembros y colaboradores de entidades deportivas como por los deportistas, árbitros o jueces, encaminados a predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una competición deportiva.
○ Se regula de forma más adecuada, junto a las asociaciones ilícitas, lo referente a las organizaciones y grupos criminales en general.

 

 

Aumento de penas para los delitos urbanísticos
SE CASTIGAN LAS OBRAS ILEGALES Y A LAS AUTORIDADES QUE LAS SILENCIEN

La reforma aumenta las penas a los delincuentes urbanísticos e impide que sean delitos rentables privándoles de las ganancias. Se castiga también las obras de urbanización ilegales y se regula de forma más precisa la prevaricación urbanística.

○ Los jueces deberán imponer multas de hasta el triple de la cuantía del beneficio cuando la multa ordinaria no supere el importe de éste. Las ganancias obtenidas por el delincuente se decomisarán siempre.
○ Por primera vez se castigará penalmente a las autoridades y funcionarios que amparen las obras ilegales incumpliendo intencionadamente sus obligaciones.
○ Se aumentan las penas de prisión, que podrán ser de hasta cuatro años por cada obra ilegal.

 

 

Incorporación del delito de tráfico ilegal de órganos.
SE CASTIGA EL TRÁFICO ILEGAL DE ÓRGANOS Y SU TRASPLANTE

En el marco de los delitos de trata de seres humanos se incluye la obtención o el tráfico ilícito de órganos humanos así como, en estos casos, el trasplante de los mismos.

Se castiga a todos aquellos que:
○ Promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten la obtención o el tráfico ilegal de órganos humanos ajenos o el transplante de los mismos.
○ Al receptor del órgano que conociendo el origen ilícito del mismo consienta en la realización del trasplante.
Se trata de proteger plenamente los derechos fundamentales de las víctimas, y no sólo el derecho a la integridad física, sino también su dignidad.

 

 

Ataques contra los sistemas de información
SE TIPIFICAN COMO DELITO LOS ATAQUES INFORMÁTICOS

Se incluyen como conductas punibles las consistentes en:
○ Borrar, dañar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles datos o programas informáticos ajenos.
○ Obstaculizar o interrumpir el funcionamiento de un sistema de información ajeno.
○ El acceso sin autorización vulnerando las medidas de seguridad a datos o programas informáticos contenidos en un sistema informático o en parte del mismo.

 

 

Adaptación de los delitos contra el medio ambiente a la normativa comunitaria
SE TIPIFICA EL TRASLADO ILEGAL DE RESIDUOS

Se agravan las penas con el fin de adaptar la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la Protección del Medio Ambiente mediante el derecho penal, aprobada el 24 de octubre de 2008. Se tipifica:
○ El traslado ilegal de residuos.
○ La explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa.
○ La destrucción o grave alteración del hábitat por la caza y pesca de especies amenazadas.

 

 

Reordenación penal de los delitos de terrorismo
SE INCLUYE CAPTACIÓN, ADISTRAMIENTO Y FINANCIACIÓN

Entre las importantes novedades que introduce la presente ley está una profunda reordenación y clarificación del tratamiento penal de las conductas terroristas. Ahora se incluyen:
○ El adiestramiento, captación, adoctrinamiento, integración o participación en organizaciones o grupos terroristas
○ Tipificación expresa del delito de financiación del terrorismo
○ La conducta imprudente de los sujetos especialmente obligados a colaborar con la Administración en la prevención de dicha financiación en caso de blanqueo de capitales.

Ante la incapacidad del actual delito de asociación ilícita para responder adecuadamente a los diferentes supuestos de organizaciones y grupos criminales se opta por una regulación independiente dentro de los delitos contra el Orden Público.

○ Se tipifican las conductas básicas de constitución, dirección y coordinación, distinguiendo según se trate de cometer delitos Graves u otras infracciones criminales (incluida la reiteración de faltas).
○ En un segundo nivel se sitúa las actividades de participación o cooperación, con una respuesta penal inferior, agregando agravaciones específicas en función de tres circunstancias: el tamaño de la organización
○ Las penas se elevan cuando la organización tenga por objeto cometer delitos contra la vida o la integridad de las personas, la libertad, la libertad e indemnidad sexuales y la trata de seres humanos.

 

 

Nuevo delito de piratería
HASTA 15 AÑOS POR ACTOS DE PIRATERÍA

Se regula un nuevo delito de piratería, que antes no existía, bajo el siguiente concepto general: "Se puede hablar de piratería marítima o aérea cuando una o varias personas utilizan la violencia para apoderarse de un buque y aeronave, atentar contra sus tripulantes y/o apoderarse de su cargamento".

Se establecen penas de prisión (1 a 3 años sin violencia; de 10 a 15 años, con violencia) por:
○ Apoderarse, dañar, destruir aeronave, buque o similares
○ Atentar contra personas, cargamento o bienes que se hallen a bordo e las mismas
○ El que con ocasión de la persecución de una conducta de este tipo se resista o desobedezca a un buque de guerra o aeronave militar

 

 

Acoso laboral e inmobiliario
SERÁN NUEVOS DELITOS DE TORTURA Y COACCIONES

Dentro de los delitos de torturas y contra la integridad moral, se incrimina la conducta denominada de acoso laboral.
Se entiende por tal:
○ El hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad.
La reforma también trata de dar respuesta penal a la aparición de conductas acosadoras de hostigamiento y abuso, en la mayoría de los casos con fines especuladores, para forzar que alguien se vaya de su casa, independientemente de que ésta sea propia o arrendada.
○ Se regula expresamente como una forma de coacciones.
○ Penas de un año y nueve meses a tres años de prisión o multa de 18 a 24 meses.

 

 

Delitos contra la propiedad intelectual
LOS PEQUEÑOS ‘MANTEROS’ PODRÁN NO IRÁN A LA CÁRCEL

Se reduce la pena a multa o trabajos en beneficio de la comunidad cuando:
○ La distribución es al por menor.
○ Atendiendo a las características del culpable.
○ El beneficio económico sea bajo.
Actualmente la venta al pormenor de CDs en la calle implica, además de una multa de 12 a 24 meses, pena de cárcel de 6 meses a 2 años.
Con esta reforma NO se despenaliza el top manta:
○ Se mantiene la tutela penal para un bien jurídico digno de protección.
○ Únicamente se reduce la pena para las conductas menos graves.

 

 

Nueva medida de ‘libertad vigilada’
TERRORISTAS Y VIOLADORES, ALEJADOS DE SUS VÍCTIMAS

Los delincuentes más peligrosos podrán ser sometidos a control judicial una vez cumplan las penas de prisión impuestas con una medida de libertad vigilada.

○ Será obligatoria para los delincuentes sexuales y terroristas y podrá alcanzar una duración de 10 años.
○ Se evitará que terroristas, pederastas o violadores puedan residir cerca de sus víctimas o se acerquen a éstas tras salir de la cárcel.

El contenido y duración de la medida dependerá de la peligrosidad del delincuente y consistirá en limitaciones, obligaciones, prohibiciones y reglas de conducta que, permitirán:
○ El seguimiento telemático permanente del delincuente a través de medios electrónicos, debiendo estar siempre localizado.
○ La prohibición de aproximación a las víctimas o residir cerca de ellas.

 

 

Mayor protagonismo de la pena de localización permanente
LAS PENAS MENORES DE 6 MESES SE PODRÁN CUMPLIR EN CASA

○ Los jueces podrán sustituir las penas de prisión de menos de 6 meses por la localización permanente.
○ El penado deberá permanecer en su domicilio o en lugar determinado durante el tiempo de la pena.

 

 

Expulsión de extranjeros
EL JUEZ PODRÁ OPTAR ENTRE CÁRCEL O EXPULSIÓN PARA PENAS DE MENOS DE 6 AÑOS

La principal novedad es que se da a los jueces la facultad de sustituir la pena privativa de libertad inferior a 6 años por la expulsión del territorio nacional en función de las circunstancias.

○ El período en que el reo no puede volver a España pasa de ser inflexible (antes: diez años en todo caso), a graduarse en una horquilla de tres a diez años.

○ La expulsión llevará consigo el archivo de cualquier procedimiento administrativo que tenga por objeto la autorización para residir o trabajar en España.

○ Si el expulsado no respeta la prohibición de regreso cumplirá la pena sustituida (cárcel normalmente) y si es sorprendido en la frontera será expulsado directamente por la autoridad.

 

 

Nuevo periodo de seguridad tras cumplir la pena
TERCER GRADO MÁS DIFÍCIL PARA TERRORISTAS, PEDERASTAS Y DELINCUENTES ORGANIZADOS

El objetivo es primar la seguridad colectiva en aquellos casos en que exista un mayor riesgo de reincidencia, sin renunciar a una pronta resocialización en los demás casos.

○ Los pederastas, terroristas y miembros de organizaciones criminales, con condenas superiores a 5 años de prisión, NO podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de su condena.
○ El régimen del resto de delitos será más flexible, permitiendo que la pena sea compatible con la rehabilitación social del delincuente en cualquier periodo de cumplimiento.

 

 

Responsabilidad de las personas jurídicas
SE REGULA LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LAS EMPRESAS

Las empresas que delincan serán multadas, inhabilitadas o incluso disueltas. Se establece una regulación pormenorizada y técnicamente muy precisa para asegurar:

○ La imputación a las personas jurídicas de aquellos delitos cometidos en su nombre o por su cuenta y en su provecho por las personas que tienen poder de representación.
○ La obligación de las empresas de ejercer el debido control sobre los que ostentan dicho poder de representación.
○ También se les podrá imponer directamente multa e inhabilitación para obtener subvenciones, ayudas públicas, para contratar con las Administraciones Públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la seguridad social.
○ La responsabilidad penal de la persona jurídica podrá declararse con independencia de que exista o no responsabilidad penal de la persona física.

 

 

Prescripción
NO PRESCRIBIRÁN LOS DELITOS DE TERRORISMO CON MUERTES

○ Precisión en la definición del momento de inicio de la interrupción de la prescripción.
○ Descripción de las circunstancias en las que la presentación de denuncias o querellas provocan el efecto suspensivo de la interrupción de la prescripción.
○ Se eleva el plazo mínimo de prescripción de los delitos a cinco años.
○ No prescribirán los delitos de terrorismo que hubieren causado la muerte de personas.

 

 

Delitos contra la comunidad internacional
SE INCORPORA EL RECLUTAMIENTO DE ‘NIÑOS SOLDADO’

○ Quienes atenten contra la libertad sexual de una persona protegida cometiendo actos de violación, esclavitud sexual, prostitución inducida o forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de agresión sexual.

○ Aquellos que recluten o alisten a menores de 18 años o los utilicen para participar directamente en dichos conflictos., brindando especial protección a mujeres y niños en conflictos armados.

 

Reestructuración de los delitos de trata de seres humanos e inmigración clandestina
QUEDAN SEPARADAS AMBOS FENÓMENOS DELICTIVOS

El tratamiento penal, hasta ahora unificado, de los delitos de trata de seres humanos e inmigración clandestina queda separado en vista de las grandes diferencias que existen entre ambos fenómenos delictivos. Para llevar a cabo este objetivo se procede a la creación del Título VII bis denominado "De la Trata de seres humanos".

Fuente: icava

Qué cruz

4 de diciembre de 2009

¡Qué cruz!

 

 

¡Qué cruz la que le ha caído a la democracia española!

 

Es una pesada cruz la que soporta el Estado español teniendo que aguantar un confesionalismo intolerante que acepta la democracia sólo en la medida en que le favorece según la ley del embudo. Aparte agendas del Gobierno, es un calvario de sucesivas andanadas confesionalistas el que tiene que padecer una sociedad española que quiere vivir en democracia. No ayuda mucho -todo lo contrario- una derecha política que se encarga de remachar los clavos de la intransigencia eclesiástica: al neoconservadurismo del PP no le sirve el liberalismo ni de fachada.

 

Es férrea ley del embudo la que aplica una mentalidad nacional-católica como la del cardenal Rouco cuando califica de "antidemocrática" la iniciativa parlamentaria pactada entre PSOE y ERC instando al Gobierno a que en su momento proceda a la retirada de símbolos religiosos -y los crucifijos lo son- de las escuelas, al amparo de la futura reforma de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa, aplicando lo que nuestra Constitución en verdad reclama y lo que el Tribunal de Estrasburgo sobre Derechos Humanos ha dictaminado recientemente.

 

Es poner el embudo a su favor el decir que con tal iniciativa se pretende una "imposición" contraria no sólo a la fe -entendida al modo del cardenal-, sino también contraria, al parecer, a la tradición cultural -de la España católica-. Con lo fácil que es reparar en que la imposición es lo contrario: mantener símbolos de una religión en espacios sociales como son los de la escuela pública, que debe ser lugar de convivencia entre los diferentes presidido por el principio de laicidad.

 

Y no sólo se trata del uso abusivo del embudo marcando la pauta, sino que también resulta -y quizá lo entienda mejor el cardenal Rouco y quienes comparten su punto de vista- que se verifica el viejo dicho de la paja en el ojo ajeno y la viga en el propio. Quienes miran la realidad española con ojos nacional-católicos llevan clavada tal viga que no ven los privilegios que tratan de mantener, a la vez que con aguda mirada detectan cualquier presunta mota en los ojos de los demás, agrandándola indebidamente como, por ejemplo, al calificar de "laicismo agresivo" cualquier reivindicación de laicidad democrática.

 

¡Qué difícil es -al parecer- que un obispo entre en el reino de la democracia! Casi está uno por recordar que es más fácil que un camello entre por el ojo de una aguja.

 

En fin, como ya dije en algún otro momento y seguro que habrá que decirlo de nuevo más adelante: ¡qué pena que ciertos pastores de la Iglesia católica se preocupen tanto de los crucifijos y tan poco de los crucificados! No se les juzgará por los crucifijos que mantengan, sino por los crucificados a cuyo lado se pongan. ¿No decía algo de esto el capítulo 25 del evangelio de Mateo?

 

José Antonio Pérez Tapias (Profesor de la Universidad de Granada, en la que se doctoró, tras estudiar filosofía y teología. Diputado del PSOE por Granada en la VIII y en la IX Legislaturas de las Cortes Generales y Miembro de la corriente de opinión Izquierda Socialista-PSOE)

Aprender a ser laicos

España necesita una cultura de la laicidad para mejorar la convivencia nacional. Nuestra división ideológica, cultural y moral constituye un reto para aprender a resolver ciertos problemas de forma civilizada. Los antagonismos existentes pueden afrontarse de dos maneras: mediante el enfrentamiento cultural con implicaciones políticas que refuerza el cainismo de las dos Españas o a través de la deliberación ética y el diálogo razonable que hagan posible establecer la amistad cívica entre ciudadanos con identidades diversas.

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La cultura de la laicidad crea las virtudes de tolerancia activa, libertad de conciencia y diálogo intercultural e interreligioso, y, por eso, debe extenderse con mayor fuerza entre nosotros.

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Norberto Bobbio nos ha dado un gran testimonio de civismo: "He aprendido a respetar las ideas ajenas, a detenerme ante el secreto de cualquier conciencia, a intentar comprender antes de discutir, a discutir antes de condenar".

Los antagonismos culturales e ideológicos tienen entre nosotros varios orígenes, pero quienes más han activado en los últimos años el enfrentamiento cultural y ético con claras repercusiones políticas han sido la Conferencia Episcopal y el sector católico que sigue sus recomendaciones. Sin embargo, no ha logrado impedir que millones de católicos sepan distinguir entre el seguimiento de Jesús de Nazaret y la obediencia a los obispos en cuestiones discutidas que no pertenecen al núcleo de la fe cristiana.

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Los ciudadanos religiosos deben respetar la autonomía del Parlamento y desechar cualquier intento de eclesiastizar la política y el ordenamiento jurídico. Tienen que aprender a distinguir entre ley y moral, pues las leyes tienen una finalidad específica que las diferencia de los imperativos éticos. Sería conveniente que reconocieran el valor de la moral autónoma. La libertad religiosa no puede impedir el desarrollo de la libertad de conciencia de quienes no son religiosos.

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Los ciudadanos no religiosos también tienen que aprender a ser laicos. La proclamación de la identidad laica no vacuna contra la intolerancia. El fundamentalismo laicista es tan rechazable como el integrismo religioso.

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Regis Debray afirma que hemos de pasar de una laicidad de ignorancia o desprecio del hecho religioso a una laicidad de comprensión y reconocimiento de las aportaciones de las religiones a las culturas. Desde esta posición, se entiende su defensa de una enseñanza laica de la religión en las escuelas públicas y su afirmación de que la libertad religiosa es más que libertad de cultos.

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Rafael Díaz-Salazar es profesor de Sociología en la Universidad Complutense y autor de España laica.

elpais.com/articulo

La Iglesia pierde un banco

En la banca, las amenazas se cuecen en privado, así que el intento por evitar un escándalo con una entidad gobernada por la Iglesia ha estado a punto de desmoronarse hace unos días. No es el Banco de España una institución proclive a dar puñetazos en la mesa, pero si los principales gestores de CajaSur son clérigos y si esta caja lleva años acumulando sanciones e irregularidades, se entiende el conflicto. CajaSur tensó demasiado la cuerda la pasada semana cuando anunció su intención de no aceptar una fusión con Unicaja. Una auditora independiente había llegado a la conclusión de que, para que fuera viable dicha fusión, era necesario reducir la plantilla de CajaSur en 1.200 trabajadores, casi el 40% del total. Fue entonces cuando el Banco de España amenazó con intervenir y poner el banco a subasta. Y para que no hubiera dudas puso un plazo: el 1 de diciembre. Apenas una semana. No era el lenguaje habitual del banco central.

 

CajaSur colmó la paciencia del Banco de España. Si las pérdidas previstas para 2009 superarán los 800 millones de euros, si los técnicos del Banco de España sabían desde hace dos años que CajaSur era inviable, si según fuentes consultadas tenía que haber sido intervenida antes que Caja Castilla La Mancha, ¿cómo era posible que sus actuales gestores no aceptaran una rendición sin condiciones y aprovecharan esa salida airosa que resultaba ser una fusión con Unicaja? Con la Iglesia había topado el Banco de España: la resistencia de CajaSur tiene mucho que ver con el número de personas con sotana que se sienta en su consejo y su particular forma de entender el negocio bancario.

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La muerte lenta de Víctor Jara

Torturado y asesinado por los golpistas chilenos, el cantautor fue sepultado de forma casi clandestina en un modesto nicho. EL PAÍS reconstruye su muerte con los recuerdos de los testigos

 

Cansados y con sus manos entrelazadas en la nuca, los 600 académicos, estudiantes y funcionarios de la Universidad Técnica del Estado (UTE) tomados prisioneros por los militares golpistas iban entrando al Estadio Chile, un pequeño recinto deportivo techado cercano al palacio de La Moneda. Un oficial con lentes oscuras, rostro pintado, metralleta terciada, granadas colgando en su pecho, pistola y cuchillo corvo en el cinturón, observaba desde arriba de un cajón a los prisioneros, que habían permanecido en la universidad para defender el Gobierno del presidente socialista Salvador Allende. Era el 12 de septiembre de 1973, día siguiente del golpe militar, en el alba de la dictadura de 17 años encabezada por el general Augusto Pinochet.

 

Con voz estentórea, el oficial repentinamente gritó al ver a un prisionero de pelo ensortijado:

-¡A ese hijo de puta me lo traen para acá! -gritó a un conscripto, recuerda el abogado Boris Navia, uno de los que caminaba en la fila de prisioneros.

"¡A ese huevón!, ¡a ése!", le gritó al soldado, que empujó con violencia al prisionero. "¡No me lo traten como señorita, carajo!", espetó insatisfecho el oficial. Al oír la orden, el conscripto dio un culatazo al prisionero, que cayó a los pies del oficial.

 

-¡Así que vos sos Víctor Jara, el cantante marxista, comunista concha de tu madre, cantor de pura mierda! -gritó el oficial. Navia rememora. Es uno de los testigos del juez Juan Fuentes, que investiga el asesinato del cantautor, uno de los crímenes emblemáticos de la dictadura, porque Jara fue con su guitarra y con sus versos el trovador de la revolución socialista del Gobierno de Allende en Chile. Por su impacto y la impunidad en que están los culpables, el crimen de Jara es en Chile el equivalente al asesinato de Federico García Lorca en España.

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Muere Jordi Solé Tura, uno de los padres de la Constitución

El político catalán Jordi Solé Tura, uno de los "padres" de la Constitución, ex ministro socialista y ex dirigente del PSUC, ha fallecido en su domicilio sobre las doce del mediodía de hoy, a los 79 años, tras sufrir Alzheimer, según ha confirmado la familia en un comunicado. La familia ha informado de que la capilla ardiente del ex ministro se instalará en el salón de Sant Jordi del Palau de la Generalitat -, tras fallecer en su domicilio de Barcelona "en paz y rodeado de los suyos". La noticia, a 48 horas de que se celebre el Día de la Constitución, la ha comunicado públicamente y en primera instancia el presidente del Congreso, José Bono, durante un acto conmemorativo del XXXI aniversario de la Constitución.

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Nueva evidencia de la connivencia entre extrema derecha y clero

Un vídeo demuestra que en la Iglesia de los Jerónimos, los sacerdotes besan la bandera del águila

 

JOSÉ MARÍA GARRIDO

Si alguien sostiene que actos religiosos como los acontecidos el domingo pasado en el cementerio de Paracuellos del Jarama son una excepción, se equivoca. Y es que el obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Plà, no es el único miembro de la Iglesia Católica que ha aceptado oficiar una misa acompañado de la bandera preconstitucional. Sin ir más lejos, el pasado 21 de noviembre, la iglesia de los Jerónimos rindió un tributo a Francisco Franco. Al acabar la ceremonia religiosa, los sacerdotes abandonaron el Altar mayor siguiendo en procesión la bandera franquista. Acto seguido, besaron la insignia mientras el coro interpretaba el Himno de España.

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Los valores de la ética civil laica

No se como lo llevará el resto de la población; pero, a mí personalmente, me tiene asqueada este tufo de gazmoñería hipócrita que impera en el discurso de la derecha rancia, que no sólo se manifiesta en sus arengas populacheras, sino que se hace presente en cada intervención del PP en el Parlamento. Utilizan unas afirmaciones santurronas, a veces hasta cursis, al tiempo que insultantes para todo el que no comparte sus irrefutables católicas afirmaciones, alejándose del papel que se espera de ellos en una tribuna pública y olvidando el principal motivo para el que se les ha elegido.

 

Todos estos católicos recalcitrantes y dogmáticos, hablan de valores, principios y moral cómo si los que no compartimos su ideario, careciésemos de ellos. Sin pudor alguno, se los arrogan en exclusividad, dando a entender que los que no compartimos su doctrina somos seres amorales, libertinos, indecentes, carentes de valores y principios. Pues no señores no, nada más lejos de esta interesada imagen que pretenden adjudicarnos.

 

Los “no creyentes”, como les gusta denominarnos, empezamos por no aceptar esa denominación de “no creyentes”. Es cierto que no creemos en las religiones que pretenden dominar a la sociedad adormeciendo a sus miembros con sus dogmas de fe; no creemos en sus poderosas organizaciones que han pasado a ser grandes empresas multinacionales (terrenales no celestiales), que les aportan millonarios beneficios, meras corporaciones de gran poder económico al que se aferran sus jerarcas sin importarles el dolor y la miseria que padece un gran sector de la población mundial; una gran organización a la que no se la oye una sola mención al horror de que, diariamente, mueran 17.000 niños (nacidos) a causa del hambre. Sólo claman por los no nacidos. No importa que 11 millones de los nacidos mueran antes de cumplir los cinco años, no importa que 121 millones no tengan acceso a la escuela (datos de FAO).
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Pilar Trejo Martín es socióloga y miembro Asociación Laica de Rivas Vaciamadrid

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El OCI contra el tráfico de personas para comercio sexual en España

MADRID, 24/11/2009 (Europa Press, Efe, ACPress.net)


España se ha convertido en el mayor foco de atracción para el tráfico y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual de toda Europa, según un informe elaborado por el Observatorio Cívico Independiente (OCI) en colaboración con la coalición internacional ´Stop the traffic´.

El informe destaca además que el 80% de las mujeres que ejercen la prostitución fueron maltratadas físicamente y sufrieron abusos sexuales durante la infancia, lo que provoca daños físicos, mentales y emocionales de larga duración, y en algunos casos incluso irreversibles.

 

EL OCI


Su fin es ofrecer una visión plural, no sesgada, y en este sentido independiente, de todos los aspectos que afectan a la sociedad española. En 2007 presentó su primer informe anual (sobre la libertad religiosa en España). En 2008 trató la sanidad pública; y este año 2009 tras dos años de trabajo presenta su informe sobre el tráfico y trata de seres humanos para explotación sexual en España.
 
 
 
UNA SITUACIÓN VERGONZOSA

 
 España es el primer país de Europa en cifras de trata y tráfico de mujeres y que "con poco más de la mitad de la población de Gran Bretaña, hay tres veces más prostitutas que allí, unas 300.000."

 

Este problema "de proporciones mayúsculas" se pone de manifiesto en el Informe 2009 el tráfico y la trata de seres humanos con fines de explotación sexual en España, que analiza esta "lacra social" en España, presenta los programas de distintos partidos políticos para erradicarlo además de sugerir una serie de medidas a ser adoptadas por el Gobierno.

 

Actualmente hay 300.000 mujeres en España que ejercen la prostitución por lo que hay que hacer hincapié en este aspecto ya que "si la prostitución no existiera se acabaría en gran parte el tráfico de personas".

 

Desde el Observatorio proponen actuar sobre la figura del prostituidor "que no cliente", puesto que se "aprovecha de una situación de vulnerabilidad" de la persona traficada o prostituida, a la que se debe considerar víctima similar a aquella que sufre malos tratos.

 


Los «clientes» no pueden definirse así porque «no existe una relación laboral sino que se están aprovechando de una situación de vulnerabilidad», por lo que el informe recomienda al Gobierno la puesta en marcha de medidas que penalicen al cliente y no a las víctimas.

 

«En Suecia se penaliza a los »clientes« desde 1999, lo que ha desincentivado el tráfico de mujeres, que ha disminuido hasta 500 mujeres al año, frente a las 7.000 de Dinamarca o las 18.000 de España».

 

CAMBIOS LEGISLATIVOS

 
Cuando se producen detenciones en este ámbito, son normalmente las mujeres las que van a prisión mientras que los proxenetas suelen quedar en libertad, por lo que hay que cambiar la legislación para que el papel que juegan estas personas no quede impune.

 

El informe recomienda entre una serie de medidas para impedir el tráfico y la trata de personas una mayor protección de los menores, con el aumento de las penas por abuso y la edad mínima para permitir relaciones sexuales consentidas, que se sitúa en los 13 años, «lo que facilita muchos abusos encubiertos».

 

Además de endurecer las penas a los proxenetas, por medidas de reinserción para las prostitutas y acciones que incentiven la denuncia de estas situaciones, así como el apoyo al desarrollo socio-económico en los países de origen de los que proceden las víctimas.

 

Durante la presentación de este informe, los participantes se detuvieron en el Plan Integral de Lucha Contra la Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación Sexual que elaboró el Gobierno y que cumplirá próximamente un año de su entrada en vigor. En concreto, resaltaron positivamente que se trata del "primer instrumento de carácter global e interdepartamental" para luchar contra este problema.

 

Por el contrario, no coinciden en aspectos como que, a su parecer, sólo se dirige a la trata y excluye la prostitución, que los beneficios y la protección se limitan sólo a las mujeres que denuncian y durante 30 días (hay 20.284 víctimas de prostitución reconocidas y sólo denunciaron 149), además, no aborda el tema de los proxenetas y no prohíbe la prostitución, sólo sugiere que se elimine.

 

PETICIONES AL GOBIERNO


Por su parte, el presidente de Esclavitud XXI, Daniel Banegas, dio a conocer las propuestas que quieren que adopte el Gobierno, como un mayor rigor en la política de subvenciones públicas a los medios de comunicación siendo retiradas las ayudas a los que incluyan publicidad relacionada con la prostitución o incrementársela a los que no la publiquen. Stop the Traffic ha recogido 6.000 firmas para apoyar esta retirada de anuncios que enviará a los diferntes medios. También agradeció a los que lo han hecho ya, como Público, 20 Minutos y Avui.

 

Además, piden más apoyo a las entidades que luchan contra la trata de personas y la prostitución y formación continuada de los miembros de los cuerpos de seguridad del Estado.

 

Asimismo, Benegas destacó el modelo que se lleva a cabo en Suecia desde 1999, a través de una ley que penaliza la compra de servicios sexuales, es decir, al proxeneta. Por ello, sugirieron al Gobierno que adopte un modelo similar para reducir este problema social.

 

RESPUESTA DE PP Y PSOE

Finalmente, en la rueda de prensa participaron las representantes del PP y PSOE, una vez finalizada la presentación del informe. En primer lugar lo hizo la diputada del PP en la Asamblea de la Comunidad de Madrid, Beatriz Elorriaga, que indicó que la postura de su partido ante este tema es de "tolerancia cero" e insistió en la importancia de trabajar en la prevención, educación y formación de la población.

 

Por su parte, la parlamentaria socialista en el Congreso Lourdes Muñoz, apuntó que "fortalecer a las víctimas es debilitar a las mafias" y que aunque hay coincidencia completa con los postulados y metas del OCI –con pequeños matices secundarios- también hay que entender que se debe avanzar progresivamente en las legislaciones y que un factor importante es concienciar a la ciudadanía, con actos y estudios como el que ha realizado el OCI.

 

Al finalizar el acto, el informe ha tenido una enorme difusión en los medios, que además de llegar a todas las agencias, ha motivado multitud de entrevistas, destacando la que la Cadena SER hizo durante 10 minutos en su magazine matinal en “prime time” a Jaume Llenas, con varios millones de oyentes.

El TSJ ordena a Sacyl devolver dos días de descanso a sus empleados

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León ha ordenado la reducción de la jornada laboral del 2008 dejándola en 1.512 horas en un fallo judicial que responde a la demanda de la Junta de personal de Soria. Sin embargo, y según destaca UGT, sindicato que ha defendido el caso, todas las provincias, incluido Valladolid, han llevado a los tribunales esta reclamación basada en el Decreto 61/2005 del 28 de julio sobre jornada laboral y horarios en los centros de la Gerencia Regional de Salud.

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nortecastilla.es/

Izquierda Socialista-PSOE de Valladolid propone la creación de un registro central único de parejas de hecho

Argumentos:

Esta ley permite obtener el permiso de residencia en España a aquella persona extranjera que se hayan registrado como pareja de hecho en el registro correspondiente. Además, obtendría el permiso de residencia comunitario por tratarse de un familiar de europeo.

 La cuestión es la siguiente. En la teoría está reconocido este derecho, pero en la práctica hay muchas dificultades para aplicarse, y esas dificultades proceden de la propia organización territorial de nuestro Estado. Los ayuntamientos suelen tener registros de parejas de hecho, también las Comunidades Autónomas (CCAA), y dado que no hay mucha cooperación entre administraciones en esta materia, deniegan los permisos de residencia porque se desconoce si la persona solicitante está inscrita en otro registro de parejas de hecho.

Propuesta:

Proponemos (al grupo parlamentario Socialista) la modificación de la Ley para la creación de un registro central único de parejas de hecho, de ámbito nacional,  para que el derecho mencionado anteriormente se haga efectivo en la práctica, de tal modo que todas las parejas de hecho puedan estar inscritas en un mismo registro y pueda así demostrarse que no se está inscrito en otro registro de otro ayuntamiento o CCAA.

 

Una grave mutación del H1N1 se detecta en Francia

Esta vez ha sido en Francia. Dos de las personas que han fallecido por la nueva gripe en el país tenían la misma mutación que se identificó el pasado día 20 en tres enfermos de Noruega (dos de ellos fallecidos), y que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS, ya había sido detectada en pacientes de otros países (Brasil, China, Japón, México, Ucrania y EE UU).

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IZQUIERDA SOCIALISTA APOYA LA MOVILIZACION GENERAL CONVOCADA POR UGT Y CC.OO

MOVILIZACIÓN GENERAL - QUE NO SE APROVECHEN DE LA CRISIS - 12.12.2009 en Madrid

Manifiesto UGT y CCOO ante la Movilización General del 12 de diciembre

 

La Iglesia católica irlandesa ocultó los abusos sexuales a menores durante décadas

Un informe judicial revela la connivencia de la policía y la Fiscalía con cuatro obispos de Dublín

PATRICIA TUBELLA - Londres - 26/11/2009

 

Tan sólo medio año después de que Irlanda divulgara horripilantes pormenores sobre abusos sexuales a menores perpetrados por miembros del clero católico, las conclusiones de un nuevo informe oficial revelan la connivencia entre la jerarquía eclesiástica y las autoridades del Estado -incluidas la fiscalía y la policía- para proteger a los curas pederastras. El ministro de Justicia irlandés, Dermot Ahern, ha admitido este jueves que las propias autoridades facilitaron el encubrimiento de los casos pero, sobre todo, se desprende de la investigación que la iglesia antepuso la defensa de su reputación frente a la protección de niños vulnerables que estaban a su cuidado.

 

El documento presentado por Ahern se centra en las alegaciones de abusos contra 46 sacerdotes de la archidiócesis de Dublín y abarca el periodo comprendido entre 1975-2004. La jerarquía católica encubrió sistemáticamente las denuncias para eludir el escándalo, y para ello contó con el apoyo del establishment irlandés y de su atávico servilismo hacia la iglesia. En lugar de informar a las autoridades sobre las denuncias de tremendas agresiones, los superiores de esos sacerdotes optaban por trasladarlos de parroquia en parroquia, donde acababan hallando a nuevas e inocentes víctimas. Aunque el informe exime de responsabilidades al actual arzobispo de Dublín, Diarmuid Martin, sí apunta directamente a la responsabilidad de varios de sus antecesores, entre ellos los prelados John Charles McQuaid , Dermot Ryan y Kevin Mcnamara, los tres ya fallecidos. También implica a Desmond Conell, hoy retirado, quien no permitió hasta finales de 1995 que se canalizaran las denuncias contra 17 sacerdotes, si bien las reiteradas quejas recibidas afectaban entonces al menos a 28 clérigos de su diócesis.

 

Ilustrativa de la participación policial en el encubrimiento es la historia de un pequeño de 11 años objeto de abusos. Un sacerdote acudió a denunciar las agresiones sufridas por Andrew, pero los agentes, en lugar de emprender una investigación, plantearon el asunto ante la jerarquía eclesiástica, lo que supuso el punto final del caso. El ministro Ahern ha reconocido que "en algunos casos, y debido a acciones u omisiones, algunas personas que buscaron ayuda no siempre recibieron el nivel de respuesta y protección que debió garantizarles la An Garda Siochána (policía de irlanda)".

 

La indignación que ha suscitado el "Informe de la Comisión de Investigación sobre la Archidiócesis Catlótica de Dublín" obedece..................

 

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El pluriempleo de los parlamentarios

El Congreso publica por primera vez las actividades de los diputados

Es la primera vez en 30 años de democracia que las funciones extraparlamentarias dejan de ser secretas

250 diputados tienen ingresos extra

214 de ellos declaran ingresos del sector privado, y los demás, del sector público - Sólo 84 han comunicado a la Cámara que no ejercen actividades extraparlamentarias

 

Actividades extraparlamentarias de los diputados

LISTA COMPLETA CON LAS ACTIVIDADES DE LOS DIPUTADOS

 

Látigo para Cuba, bálsamo para el Magreb

Cuba tiene hoy en día 58 presos de conciencia. La Unión Europea no le brinda ningún tipo de cooperación y le aplicó incluso, en 2003, unas sanciones inspiradas en una posición común que la diplomacia española desea suavizar cuando, el año próximo, ejerza la presidencia europea. Esa posición estipula que la mejora de la relación con Europa está supeditada a los progresos de Cuba en materia de derechos humanos.

 

Túnez posee, según la ONG Human Rights Watch, cerca de 800 presos condenados, en su mayoría, por "acciones que responden a motivos políticos" consistentes en preparar viajes a Irak o descargarse vídeos yihadistas, pero no cometieron actos violentos. Túnez es, junto con Marruecos, el socio norteafricano más mimado por la UE. Fue el primero en firmar un acuerdo de asociación, en 1996, y ahora negocia el llamado estatuto avanzado que supone un salto cualitativo.

 

¿No se puede comprar a Cuba con Túnez porque los reos cubanos son pacíficos mientras que los tunecinos son proclives al terrorismo? Retrotraigamos entonces a 1996 cuando Túnez fue premiado por la UE con el primer acuerdo de asociación. Aquel año había algo más de 400 presos de conciencia en la isla y cerca de 2.000 en el país magrebí. Éstos últimos eran entonces, en su mayoría, militantes de Ennahda (Renacimiento), un movimiento islamista no violento equiparable al marroquí Partido de la Justicia y del Desarrollo, a los que había que añadir un puñado de izquierdistas.

 

¿Sigue sin ser válida la comparación entre Cuba y Túnez porque, pese a todo, aquellos barbudos encarcelados no eran demócratas? Cotejemos otros episodios recientes en ambos continentes como los golpes de Estado. El presidente de Honduras, Manuel Zelaya , elegido democráticamente, fue derrocado el 28 de junio y tres días después España y Francia retiraban a sus embajadores arrastrando a toda la UE que, el 20 de julio, anunció la suspensión de su cooperación con el país centroamericano.

 

El 6 de agosto de 2008 un pronunciamiento militar derrocó en Mauritania al presidente Sidi Ould Cheikh Abdellahi , que acababa de regresar de una visita oficial a España. Había sido elegido por sufragio universal 17 meses antes al término de una transición democrática ejemplar. El Gobierno español condenó el golpe, pero el ministro de Exteriores, Miguel Ángel Moratinos, se apresuró en declarar que España mantendría "el mejor nivel de relaciones" con Mauritania.

 

La Unión Africana sancionó a la Junta Militar mauritana, la Administración de George Bush hizo otro tanto y cuando Barack Obama asumió la presidencia apretó aún más las tuercas. EE UU no sólo suspendió la cooperación y la ayuda militar sino que prohibió la entrada en su territorio a los militares golpistas y a los que les apoyaban activamente. Quería preservar la única democracia norteafricana. Washington "sigue proporcionando un apoyo moral y político al presidente democráticamente elegido", reiteraba, en mayo, un comunicado de la embajada estadounidense en Nuakchot. Hasta la pequeña oposición islamista alabó entonces a EE UU.

 

La UE amenazó con castigar a la Junta, pero no llegó a hacerlo en parte porque Francia y España lo evitaron. Moratinos descartó en el Senado, en octubre de 2008, que España sancionase por su cuenta a los golpistas. Su embajada en Nuakchot fue incluso la que más fácilmente les concedió visados Schengen para viajar a Europa.

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En España hay una vulneración múltiple de derechos

"Una serie de hogares o de personas unidos porque se produce una transferencia de cuidados" forman las cadenas cadenas globales de cuidado, según la doctora en Economía Amaia Orozco, del Instituto Internacional de Investigación y Capacitación de Naciones Unidas para la Promoción de la Mujer (UN-Instraw), que estudia este fenómno desde hace año y medio.

 

Orozco, investigadora principal del proyecto Construyendo Redes: las Mujeres Latinoamericanas en las Cadenas Globales de Cuidado, explica que el eslabón principal son las empleadas de hogar migrantes. "Son las mujeres las que asumen la necesidad de cuidar y las que necesitan transferir esta responsabilidad cuando se marchan de un sitio a otro", mientras que los hombres, aunque trabajen, por ejemplo, cuidando ancianos en otro país, no forman parte de estas cadenas, porque en su país de origen no asumían esta responsabilidad.

 

"Nuestra intención no era tanto saber qué les está pasando a las mujeres, sino sacar a la luz una realidad que está muy vinculada con la desigualdad de género y que suele ser muy invisible, que es el tema de los cuidados", explica Orozco.

 

La investigadora rechaza el "discurso alarmista" en los países de origen "sobre la desestructuración familiar y las consecuencias calamitosas que tiene" la migración de las madres. "La migración, más que crear nuevos problemas, está visibilizando o agudizando problemas que ya estaban. Lo que hace es sacar a la luz problemas latentes en la sociedad. Es decir, si el hecho de que una madre se marche implica una desestructuración familiar, es porque no hay otras redes capaces de soportar la ausencia de esa mujer: no hay responsabilidad de los hombres, no hay servicios públicos adecuados".

 

El proyecto apuesta por "aprovechar ese contexto que la migración provoca" para llevar al debate social la cuestión de "cómo organizamos los cuidados de una sociedad: quién tiene que cuidar, a quién, a cambio de qué, en qué espacio, el papel que tiene que tener el Estado, los hombres, los hogares...".

 

Orozco denuncia que en España "hay una vulneración múltiple de derechos relativos a cuidados a la población migrante: el derecho a recibir cuidados adecuados por parte de los menores migrantes que están aquí, a conciliar la vida laboral y familiar, y derechos laborales en el sector de cuidados". Por su parte, las empleadas de hogar migrantes se encuentran en "una situación muy desprotegida y muy vulnerable" por el cruce entre el régimen laboral de los empleados de hogar y la legislación en materia de extranjería. Por eso, el Instraw apoya el paso de estas trabajadoras al Régimen General de la Seguridad Social, pero no de forma aislada, sino en el marco de otra serie de medidas "que revaloricen y dignifiquen el empleo de hogar".

 

La Ley de Dependencia tiene también un papel en esta cuestión, ya que "si se trata de cuidados a una persona en situación de dependencia, quizá, lo que tendría que existir es un fondo de compensación, que lo ponga el Estado y que pague las cotizaciones a la seguridad social de esa empleada de hogar".

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