Reformas fiscales: Francia, modelo para gravar a los millonarios
Bernardo Díaz - Madrid - 24/05/2010
Tras el reciente anuncio realizado por el Gobierno sobre la próxima aprobación de un nuevo impuesto, con carácter temporal, que grave la renta y el patrimonio "de los que más tienen", todo el mundo se pregunta por donde pueden ir las grandes líneas de este nuevo tributo. Pese a que desde el Ministerio de Economía y Hacienda se insiste en que no hay ninguna decisión adoptada sobre el cómo y cuando del impuesto, fuentes de la administración insisten en que Francia podría ser un buen modelo en donde reflejarse.
Y es que la legislación francesa es, hoy por hoy, la única de la UE en donde está vigente lo más parecido a un impuesto para los ricos, una vez que se ha suprimido el que grava el patrimonio en la práctica totalidad del continente europeo. El denominado en Francia impuesto de solidaridad sobre la fortuna, complementario del IRPF, está regulado en el artículo 885 del Código General de Impuestos y por el que se obtiene más de 3.000 millones al año. La base del tributo está constituida por los bienes de los que es titular el declarante (inmuebles, rentas mobiliarias y activos financieros), de los que se deducen las deudas. Se grava la fortuna a partir de los 790.000 euros, de forma progresiva, a unos tipos que oscilan entre el 0,55%, para el primer tramo, y el 1,8% para las bases superiores a los 16,5 millones de euros.
El tributo francés guarda similitudes con el suspendido impuesto sobre el patrimonio español, en cuanto a la base imponible gravada y a la progresividad del mismo pero no en cuanto al mínimo exento. De esta forma, el tributo francés arranca a partir de los 790.000 euros de patrimonio, mientras que el español contaba con un mínimo general de 170.000 euros, sobre los que las comunidades autónomas podían establecer modificaciones. La intención del Gobierno, según han llegado a admitir algunos de sus miembros como el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, es introducir un límite superior de forma que el nuevo tributo opere a partir de 1,5 ó 2 millones de euros. Con la estructura que tenía el impuesto de patrimonio español, se está hablando de un colectivo millonario que no supera las 90.000 personas y cuya recaudación para las arcas de Hacienda alcanzó los 1.200 millones de euros, en 2007 (último ejercicio en el que se aplicó), aproximadamente la mitad de los 2.100 millones que ingresó el fisco por este impuesto ese mismo año.
Precisamente el aspecto recaudatorio es el que resaltan los expertos para ser tenido en cuenta, en un entorno como el actual de necesidad de reducir el ingente déficit público. "Si se quiere recaudar una cantidad importante a través del patrimonio al Ejecutivo no le queda otra alternativa que rebajar el mínimo exento hasta los 700.000 euros y establecer tipos cercanos al 2%, incluso, elevar a su vez al tipo marginal máximo del IRPF en dos o tres puntos sobre el 43% actual", señala a CincoDías, Juan José Rubio, ex director del Instituto de Estudios Fiscales.
Por su parte, Luis del Amo, gerente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) llama la atención sobre la necesidad de definir con claridad la base imponible del nuevo tributo y las deducciones a las que se tendría derecho. El hecho de que se puedan incluir todo tipo de activos, desde bienes inmuebles hasta acciones y participaciones en fondos de inversión, como ha insinuado el Ejecutivo, "podría derivar en supuestos de falta de equidad en el impuesto si no se tiene en cuenta baremos homogéneos en el valor de adquisición de los mismos".
Acciones, fondos y casas
Y es que el patrimonio de las grandes fortunas españolas es heterogéneo. Según los datos de Hacienda, la mayoría del mismo está invertido en capital mobiliario (70,4%), distribuido entre acciones, fondos de inversión, seguros y depósitos a cuenta. Hay otra parte importante, el 22% que se encuentra en bienes inmuebles, sobre todo en viviendas y demás inmuebles arrendados. Llama la atención que las mujeres son más conservadoras en su patrimonio ya que el porcentaje que mantienen del mismo en inmuebles alcanza el 25% mientras que los hombres sólo llega al 20%. Esos cinco puntos van destinados a activos de mayor riesgo como acciones cotizadas en los mercados secundarios.
Hay buena parte de analistas que avisan de que la fijación de un nuevo impuesto sobre las grandes fortunas tiene mucho de efecto psicológico de cara al electorado de izquierdas. "Si se quiere gravar más de una forma integral a las grandes fortunas debería retocarse también la tributación de las Sicav", admiten desde un despacho fiscalista que prefiere no ser reconocido. Estas sociedades de inversión son los nichos tradicionales donde guardan el ahorro (unos 25.000 millones) los que más tienen (unos 450.000 contribuyentes), a un tipo de gravamen de sólo el 1%. El Ejecutivo ya estudió hace un año elevar su tributación pero los grandes lobbies financieros lo desaconsejaron con el argumento de que este tipo de ahorro es fácilmente huidizo hacia otros países con menos gravamen. Hecha la ley, hecha la trampa.
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