El Gobierno aprueba un real decreto que actualiza la legislación sobre plásticos que se utilizan en envases de alimentos
6 de febrero de 2009. El Consejo de Ministros ha aprobado en su reunión de hoy, a propuesta de los ministros de Sanidad y Consumo, Bernat Soria, y de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa, un Real Decreto que modifica el Real Decreto 866/2008, de 23 de mayo, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos. También regula determinadas condiciones de ensayo.
La razón por la que se ha modificado el real decreto aprobado en 2008 es que el avance de la tecnología, así como la revisión constante que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) hace de los materiales en contacto con los alimentos, requiere ir adecuando la normativa para garantizar la seguridad de los ciudadanos.
Con este real decreto se incorporan a la legislación española nuevas sustancias autorizadas para la fabricación de materiales plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos. También se adaptan las restricciones y/o especificaciones de otras sustancias autorizadas anteriormente. Estas nuevas sustancias han sido evaluadas favorablemente por la EFSA, por lo que tienen todas las garantías en materia de seguridad alimentaria para la protección de los consumidores.
Los plásticos constituyen uno de los grupos de materiales que más se utilizan en la industria alimentaria como envases de alimentos. Por esta razón han sido objeto de un mayor control y seguimiento por parte de la Comisión Europea, que modifica periódicamente la legislación comunitaria al respecto, siguiendo las evaluaciones de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria.
En esta línea, se aprobó la Directiva 2008/39/CE de la Comisión, de 6 de marzo de 2008, por la que se modifica la Directiva 2002/72/CE relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios, que se incorpora a nuestro ordenamiento jurídico a través del Real Decreto aprobado hoy.
La lista de aditivos que no se encuentran autorizados a nivel comunitario, pero sí a nivel nacional (disponible en la página web de la Comisión Europea), pasará a incorporarse a la lista definitiva comunitaria antes del 1 de enero de 2010, una vez que finalice la evaluación por parte de la EFSA.
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