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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

Propuesta electoral 2003. Política de viviendas y locales comerciales. Medidas fiscales

A. Un nuevo impuesto que penalice tener una vivienda desocupada o un local cerrado.

è Impuesto de Vivienda NO Ocupada será el resultado de aplicar el Importe del recibo de la contribución urbana multiplicado por dos y en caso de que el importe sea inferior, siempre, como mínimo se debe aplicar 500.00€, para viviendas de menos de 74 metros cuadrados útiles, 750.00€ para las viviendas entre 74 y 100 metros y de 1000.00€ para las de más de 100 m2.

è Impuesto de Locales Cerrados será el resultado de aplicar el Importe del recibo del Impuesto de Actividades Económicas (el de mayor cuantía) multiplicado por dos y en caso de que el importe sea inferior a la cuantía de 1,000.00€, siempre, como mínimo se debe aplicar 1,000.00€ para los de menos de 60 metros cuadrados útiles, de 1500.00€ para los de entre 60 y 100 m2 y de 2000.00€ hasta los 150m2 y para el resto se incrementaría en 500.00€ por cada 50 m2 más.

Ejemplo: IAE (CAFETERIA X 2) = ILC

B. Penalizar el superar el tiempo de urbanización.

è Las empresas que realicen obras de urbanización en los nuevos planes parciales, deben ajustarse a los tiempos marcados para cada objetivo. De no ser así, se deben imponer una sanción que sea igual al 10% de total del valor de la obra.

C. Penalizar el superar el tiempo de inicio de construcción.

è Las empresas adjudicatarias de parcelas que no inicien las obras de construcción ( según los planes parciales ), perderán la titularidad de las mismas y pasarán a ser de titularidad municipal pública y se deben destinar a construir viviendas de promoción pública incorporándose al patrimonio municipal al ayuntamiento. El constructor debe hacerse cargo coste de los costes del expediente de urbanización. Dicho importe debe ser abonado previo la devolución del importe pagado por dicha parcela. La empresa que haya sido sancionada por estas circunstancias no podrá ser adjudicataria de parcela alguna en un periodo de tres años.

D. Penalizar el superar el tiempo de construcción.

è Las empresas de la construcción que superen el tiempo previsto, en los planes parciales de urbanización, para la

- Se debe realizar un estudio de la actividad que se realiza en las viviendas ya alquiladas. En muchos de los casos se encontraran que dichas viviendas NO han sido alquiladas para su fin, vivir en ellas, sino para establecer determinados negocios (oficinas, aulas, peluquerías, Clínicas, etc.) debido a que el coste es muy inferior al de alquilar un local comercial. Esta circunstancia hace que la comunidad sufra un encareciendo en su mantenimiento y causando otro tipo de molestias adicionales a la comunidad igualmente penosas (uso indebido de ascensores, zonas comunes, falta de participación en la gestión diaria, etc.).

Inventario de Viviendas NO Ocupadas, indicando las características de las mismas. Asimismo se deben cruzar los datos con la base de datos del catastro (Una persona sólo puede estar empadronada en una vivienda y entendiendo como tal la del domicilio fiscal ).

En segundo lugar:

- Inventario de Locales: se debe realizar un inventario de todos los locales existentes, indicado las características de los mismos (Ubicación, orientación, acabado, superficie, equipamiento, licencia, propietario, etc.)

En tercer lugar:

- Inventario de Viviendas utilizadas como locales comerciales:

se debe realizar un inventario de todos las viviendas que se usen como locales comerciales, indicado las características de los mismos (Ubicación, tipo de negocio, tipo de licencia comercial, superficie, número de trabajadores, horarios de la actividad comercial, etc.) así como los datos del propietario y los datos fiscales de la empresa instalada.

En cuarto lugar:

- Crear un registro de control de contratos de alquiler, obligatorio, para viviendas y de locales comerciales. Se debe comprobar que tipo de actividad es la que figura en el contrato de alquiler antes de conceder la licencia de apertura de cualquier negocio o la instalación de cualquier máquina que pueda ser perjudicial para los vecinos.

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