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Los tribunales dan la razón a Islandia en el litigio con Holanda y Reino Unido por la quiebra de sus bancos

Islandia no está en la UE pero forma parte del Espacio de Libre Comercio Europeo y por esto el Reino Unido, Holanda y la Comisión Europea llevaron su rechazo a indemnizar a los clientes de su banca ante un Tribunal de Luxemburgo. El objetivo de las denuncias era probar que Islandia incumplía una ley europea, la Directiva 94/19EC que obligaba al Estado a garantizar hasta 20.000 euros por cuenta y ciudadano en caso de problemas bancarios. Pero el Tribunal niega que Islandia como Estado " estuviera obligada a asumir lo que no pudiera financiar su Fondo de Garantía ", según afirma la sentencia.

 

La Directiva invocada ante los Tribunales fue modificada el año 2010 por los gobiernos de la Unión Europea que, frente al pánico generado por las 'hipotecas basura' americanas, garantizaron que en caso de problemas pagarían hasta 100.000 euros a los ciudadanos con cuenta bancaria. La Comisión afirma ahora que la garantía sigue siendo buena aunque acepta que sus expertos deben "estudiar con atención la sentencia".

 

El Tribunal también rechaza que el gobierno Islandés incumpliera el principio de igualdad al proteger tan solo a los clientes nacionales, negándose a indemnizar a los foráneos, (muchos ciudadanos británicos y holandeses). El argumento del Tribunal es que el gobierno de Islandia no activó para nadie el Fondo de Garantía porque la crisis superaba cualquier previsión posible. La decisión del gobierno de Islandia, pasar los depósitos nacionales a otra entidad bancaria antes del hundimiento del 'Landsbanki' impide, según el Tribunal hablar de discriminación como invocaban los demandantes.

 

El debate en Islandia provocó la caída de su gobierno, un proceso judicial y dos referendos tras los que el actual gobierno pactó con las autoridades del Reino Unido y de Holanda una compensación inferior a la prevista por la legislación europea. Hoy, Islandia ha confirmado que seguirá pagando a pesar de la sentencia judicial.

 

La Comisión Europea celebra que se mantenga esta parte del trato y centra los esfuerzos en evitar que la sentencia elimine el sentimiento de seguridad que debía aportar la legislación asegurando, vía comunicado, que "los Estados de la Unión Europea tienen la obligación de proteger a los ahorradores también en tiempos de crisis grave". El texto recuerda que la garantía es de 100.000 euros por cuenta bancaria aunque también añade que es urgente resolver el debate para la creación de un Fondo de Resolución Europeo, pendiente desde el año 2010 y completar la red de Fondos de Garantía Nacionales.

cadenaser.com

 

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