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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León

 

I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

                                 A. DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

 

 

ORDEN EDU/454/2012, de 19 de junio, por la que se establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.

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DISPONGO

 

Artículo 1. Objeto.

 

1.– La presente orden tiene por objeto establecer establecen los criterios aplicables a los funcionarios de carrera de determinados cuerpos en los que se ordena la función pública docente, afectados por los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León.

2.– Los procesos de redistribución o recolocación de efectivos en los centros docentes públicos mencionados en el apartado anterior serán motivados por los siguientes cambios derivados de la planificación educativa:

a) Desglose, desdoblamiento, fusión, transformación, integración o supresión de un centro.

b) Traslado o supresión de enseñanzas que no fuesen sustituidas por otras equivalentes.

c) Amortización de plazas desempeñadas con carácter definitivo, siempre que implique desplazamiento.

d) Reducción horaria de la correspondiente especialidad, de más del 50% del horario lectivo conforme a la normativa vigente.

 

Artículo 2. Ámbito Subjetivo.

La presente orden será de aplicación a los funcionarios de carrera de los siguientes cuerpos docentes que encontrándose en servicio activo posean destino definitivo o que no encontrándose en servicio activo tengan derecho a la reserva de destino definitivo, en ambos casos, en alguno de los centros públicos docentes dependientes de la consejería competente en materia de educación de la Comunidad de Castilla y León:

a) Catedráticos de Enseñanza Secundaria.

b) Profesores de Enseñanza Secundaria.

c) Profesores Técnicos de Formación Profesional.

d) Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.

e) Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

f) Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

g) Profesores de Música y Artes Escénicas.

h) Catedráticos de Artes Plásticas y Diseño.

i) Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

j) Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

k) Maestros que imparten docencia en ESO.

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descarga (en pdf) el texto de la orden:

http://www.educa.jcyl.es/

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