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El Gobierno eleva el porcentaje del valor de una casa por el que se puede subastar

El Consejo de Ministros ha aprobado dos reales decretos con los que busca, por un lado, facilitar las cosas para que los que no pueden pagar su hipoteca, y por otro, controlar el incremento anual del gasto del Estado y de las entidades locales.

 

Con el primero, el Ejecutivo ha establecido que cuando se subaste una casa embargada, no se pueda vender por menos del 60% de su valor. Este decreto ley incluye además la medida que anunció Zapatero de elevar el límite salarial que no se puede embargar. Con el segundo, la evolución del PIB determinará lo que puede aumentar lo que gastan Estado, ayuntamientos y diputaciones. Otra medida es que el ICO pagará a las pymes lo que le deban los ayuntamientos.

 

   Cuando no se puede pagar la hipoteca, y el banco acreedor la ejecuta, se embarga la casa, que se subasta. Hasta ahora, y si no había otro comprador, el acreedor se la podía quedar por el 50 por ciento de su valor. Ahora, el Ejecutivo ha elevado ese límite hasta el 60 por ciento. De esta forma, se reduce más la cantidad total que debe el que firmó la hipoteca. Además, se elimina la posibilidad de que el acreedor se la pueda adjudicar por una cantidad menor a ese 50 por ciento.

 

   El vicepresidente del Gobierno, Alfredo Pérez Rubalcaba, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que estos cambios "tratan de establecer unos mínimos" en beneficio de las personas que tienen dificultades para pagar su deuda hipotecaria.

 

   Además, el Real Decreto Ley que ha aprobado el Gobierno acoge la idea que lanzó el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, en el Debate sobre el estado de la Nación, de elevar la cantidad salarial mínima que no puede ser embargada. De esta forma, y como ya anunció Zapatero, y se aprobó en las propuestas con ocasión del Debate, la cuantía inembargable, que se limitaba al salario mínimo interprofesional (SMI) de 642 euros, más un 10 por ciento en el caso de estos deudores hasta poco más de 700 euros, ahora se elevará hasta el 150 por ciento de ese salario, es decir, hasta los 961 euros.

 

   Además, si existen otros miembros de la familia sin ingresos, o con ingresos inferiores al SMI, esa cuantía se eleva en un 30 por ciento adicional por cada uno de esos familiares. De esta forma, quien tenga a cargo dos miembros de su familia nuclear sin ingresos propios verá elevado el límite que no se puede embargar hasta los 1.350 euros. Además, si esa persona tiene a su cargo a una persona jubilada con una pensión inferior al SMI, la cuantía inembargable alcanzará los 1.539 euros.

 

diarioprogresista.es

 

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