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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

La nueva orden de precios de referencia ahorrará 1.493 millones de euros al Sistema Nacional de Salud

21 de julio de 2010. El Ministerio de Sanidad y Política Social, a través de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, ha presentado hoy al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud la nueva orden ministerial que determina los nuevos conjuntos de medicamentos que entran en el sistema de precios de referencia. La actualización de los precios se estima que supondrá un ahorro en la factura de farmacia de 1.493,79 millones de euros al año para el Sistema Nacional de Salud (SNS) y el ahorro para el beneficiario del sistema se estima en 83 millones de euros.

 

El proyecto de orden da cumplimiento al artículo 93 de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, que establece el Sistema de precios de referencia, teniendo en cuenta las modificaciones introducidas por el Real decreto-ley de 26 de marzo de 2010 de racionalización del gasto farmacéutico con cargo al SNS para lograr el control y reducción del citado gasto.

 

En la orden se relacionan 205 conjuntos que incluyen un total de 7.595 presentaciones de medicamentos, siendo de nueva creación los últimos 22 conjuntos. Las presentaciones indicadas  exclusivamente para tratamiento en pediatría constituyen conjuntos independientes. Los conjuntos creados parten del umbral de precio de referencia mínimo de 3,12 euros, precio de venta al público con impuestos incluidos, que se corresponde con 2 euros de precio industrial

 

Los elementos más novedosos de la orden se justifican con la aplicación de las modificaciones  impuestas por el Real decreto-ley de racionalización del gasto farmacéutico como, por ejemplo son, el nuevo sistema de cálculo de los precios de referencia, que en lugar de la media de los tres costes tratamiento día menores, solo tiene en cuenta el de menor coste, y la ampliación de la reducción del precio de los medicamentos del 20% al 30% cuando no existe genérico autorizado en España, después de 10 años desde su inclusión en la financiación u once en el caso de haber sido autorizada una nueva indicación y exista genérico en Europa, equiparándose  en este caso, además, a los medicamentos biosimilares.

 

El periodo transitorio o de convivencia de precios establecido a efectos de facturación será de veinte días para los almacenes mayoristas y cuarenta días para las oficinas de farmacia. Este periodo se ha reducido con respectos al establecido en las órdenes de precios de los años 2007, 2008 y 2009 manteniéndose el periodo mínimo que se considera imprescindible para garantizar el abastecimiento de los medicamentos afectados por la orden  en los diversos agentes de la cadena farmacéutica. 

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