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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

El TSJ impone 43.500 euros de indemnización a la Junta por la muerte de un hombre en el Clínico

 

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha establecido el pago por la Administración regional de una indemnización de 43.567,27 euros que recibirá la hija de un hombre que falleció a raíz de un traumatismo torácico que no fue tratado en el Hospital Clínico de Valladolid, según una sentencia notificada a las partes el 5 de febrero pasado y difundida ayer por la Asociación El Defensor del Paciente (Adepa).

La asociación dio cuenta ayer de la resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal regional que explica cómo el paciente, Alberto C. P., de 77 años, murió el 7 de junio del 2000 como consecuencia de una neumonía cuyo origen radicó en «un traumatismo torácico, que produjo fracturas costales y contusión pulmonar, con dolor y acumulo de secreciones».

Esta situación «suponía un factor de riesgo que no fue tratado ni valorado», dice el texto del fallo, que señala cómo a pesar de haberse previsto en el servicio de Urgencias la revisión de especialistas en cirugía torácica, esta «no se produjo». Destaca esta asociación que los hechos ocurrieron cuando el fallecido «estaba siendo tratado con unos medicamentos que podían enmascarar, como mínimo, varios de los síntomas que podían poner de relieve la enfermedad, es decir, la Administración sanitaria no trata una dolencia patente, que era un claro factor de riesgo, y que había sido indicada examinar por sus propios técnicos, sin razón alguna para ello y cuando los síntomas podían estar ocultos por otros tratamientos médicos».

Orden de Sanidad


Por otro lado, Adepa destaca una Orden de la Consejería de Sanidad, por la que se resuelve la Reclamación previa por Responsabilidad Patrimonial presentada por Estilita G. A., Teodulio G. A. y Juan José G. A. con motivo de la asistencia sanitaria prestada a su madre, Abilia A. G., en el hospital Los Santos Reyes en Aranda de Duero (Burgos) que estima parcialmente la reclamación, reconociendo el derecho a ser indemnizados con 41.342,80 euros. Dicha resolución concluye que en este caso «no se extremó toda la diligencia posible en la asistencia sanitaria prestada a la paciente, pues no fue practicada una imagen radiológica de proyección lateral de columna cervical, que es de importancia para el correcto diagnóstico. Su realización hubiera dado lugar a observarse la luxación C6-C7 del 50% del cuerpo vertebral con engatillamiento de articulaciones, que fue más tarde diagnosticada en el Princesa de Madrid»

 

http://www.nortecastilla.es/prensa/20070320/valladolid/impone-euros-indemnizacion-junta_20070320.html

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