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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública

 Núm. 240 Miércoles 5 de octubre de 2011 Sec. I. Pág. 104593

 

 

15623                 Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

 

JUAN CARLOS I

A todos los que la presente vieren y entendieren

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.

 

                                                                        REY DE ESPAÑA

 

ÍNDICE

Preámbulo

Título preliminar. Disposiciones generales. La política de salud pública.

Capítulo I. Del objeto y ámbito de la ley.

Capítulo II. Principios generales de la salud pública.

Título I. Derechos, deberes y obligaciones en salud pública.

Capítulo I. Derechos de los ciudadanos.

Capítulo II. Deberes de los ciudadanos.

Capítulo III. Obligaciones de las Administraciones públicas.

Título II. Actuaciones de salud pública.

Capítulo I. La vigilancia en salud pública.

Capítulo II. Promoción de la salud.

Capítulo III. Prevención de problemas de salud y sus determinantes.

Capítulo IV. La coordinación de la promoción de la salud y la prevención de enfermedades y lesiones en el Sistema Nacional de Salud.

Capítulo V. La gestión sanitaria como acción de salud pública.

Capítulo VI. Protección de la salud de la población.

Capítulo VII. Evaluación del impacto en salud de otras políticas.

Capítulo VIII. Sanidad exterior y salud internacional.

Capítulo IX. Sistema de Información en salud pública.

Título III. La planificación y coordinación de la salud pública.

Título IV. El personal profesional y la investigación en salud pública.

Capítulo I. Formación y desarrollo profesional en salud pública.

Capítulo II. La investigación en el desarrollo de las políticas de salud pública.

Título V. La autoridad sanitaria estatal, vigilancia y control.

Capítulo I. Autoridad sanitaria estatal.

Capítulo II. Medidas especiales y cautelares.

Título VI. Infracciones y sanciones.

Disposición adicional primera. La especialización en salud pública de las profesiones sanitarias.

Disposición adicional segunda. La salud pública en las Fuerzas Armadas.

 

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boe.es

 

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