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Izquierda Socialista de Valladolid en la defensa de los Servicios Públicos

La situación de los profesores de religión. Lo que dice la sentencia del TC

"Parece oportuno señalar que lo que resulta realmente relevante en relación con la cuestión que se analiza es el acuerdo en virtud del cual el Estado asume la impartición de la enseñanza religiosa en los centros educativos y su financiación, y no la forma en que, con base a consideraciones de diversa índole, se articule técnicamente la ejecución del acuerdo".

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"Es cierto que el Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales de 3 de enero de 1979 no exige necesariamente que la enseñanza haya de ser impartida por profesores contratados por las Administraciones públicas; prueba de ello es que hasta 1998 el conjunto del profesorado de religión católica no dependía laboralmente de la Administración, sino de la Iglesia Católica. Los compromisos establecidos en el Acuerdo, en el marco del deber de cooperación con las confesiones religiosas proclamado en el art. 16.3 CE, pueden darse por satisfechos con la integración de la enseñanza de los credos religiosos en el itinerario educativo público, en régimen de seguimiento libre, con la incorporación al claustro docente de las personas designadas por las respectivas confesiones en función de criterios respecto de los cuales no cabe la injerencia del poder público, pero frente a los que operan las exigencias inexcusables de indemnidad del orden constitucional de valores y principios cifrado en la cláusula del orden público constitucional, y concertando con la Conferencia Episcopal las condiciones relativas a la situación económica de los profesores".

http://www.elpais.com/articulo/sociedad/dice/sentencia/TC/elpepusoc/20070224elpepisoc_1/Tes

¿Vuelve la Inquisición?

Con la sentencia del Tribunal Constitucional, que avala el despido de los profesores de religión que no observen las normas de la materia que imparten, creo que se han sobrepasado muchos límites y se ha cometido, bajo mi punto de vista, una injusticia mayúscula, precisamente por el órgano que debe velar por los derechos constitucionales de todos los españoles.

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Flaco favor le hace el TC a la sociedad a la que debe amparar y defender si da cobertura de ley a una religión de las muchas que hay, cuando nuestro texto constitucional dice claramente que España es un Estado laico. Dejar a un trabajador en la calle porque su forma de vivir en lo privado no respeta las normas de la materia religiosa que imparte, habrá que respetarla como todas, pero es inconstitucional para los seres humanos y para la sociedad democrática en la que vivimos, además de un insulto a la justicia y a la inteligencia, a menos que hayamos vuelto a la Inquisición, lo cual sería tenebroso y preocupante, pero más si es avalado y defendido por el TC, que debería ser el garante de nuestros derechos, sea cual fuere nuestra preferencia religiosa.

 

La sentencia del Constitucional sobre los acuerdos España-Vaticano enciende la polémica

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"El fallo esquiva la cuestión de la posible vulneración de la laicidad del Estado", critican los expertos - La Conferencia sostiene que "el Constitucional ha tardado en responder, pero ha resuelto a favor de la Iglesia"

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La sentencia del Tribunal Constitucional, aprobada en pleno el día 15 pasado, sobre la constitucionalidad de los acuerdos de 1979 entre España y el Estado vaticano acerca del estatus laboral del profesorado de religión en la escuela pública, desató ayer severas críticas y encendidas alabanzas según los sectores. "Sumisión del Estado español a un Estado extranjero", "conversión del profesorado en catequistas del episcopado a sueldo del Gobierno", fueron algunos calificativos críticos. Por contra, la Conferencia Episcopal y las organizaciones afines (Concapa, FERE, etcétera) expresaron su alegría porque, aunque el Constitucional "haya tardado en responder", finalmente ha resuelto "a favor de la Iglesia".

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http://www.elpais.com/articulo/sociedad/sentencia/Constitucional/acuerdos/Espana-Vaticano/enciende/polemica/elpepusoc/20070224elpepisoc_2/Tes

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LAS FRASES DE LA POLÉMICA

-"La exigencia de la Declaración Eclesiástica de Idoneidad no puede considerarse arbitraria".

-"La facultad de las autoridades eclesiásticas para determinar quiénes sean las personas cualificadas para la enseñanza de su credo constituye una garantía de libertad de las Iglesias".

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